MUNICIPALIDAD DE MARIANO ROQUE ALONSO ORDENANZA N° 54/99 J.M.
POR LA CUAL SE IDENTIFICA A LA CIUDAD DE MARIANO ROQUE ALONSO COMO “CUNA DEL MESTIZAJE”,
Y SE DICTAN OTRAS PROVIDENCIAS.
VISTA: La Nota presentada por el Reverendo Padre Gustavo Acosta Adorno, de la Parroquia Sagrado Corazón de Jesús de esta Ciudad.
CONSIDERANDO: Que, informado el recurrente de la búsqueda de una identidad que distinga nuestra Ciudad, ha presentado como sugerencia otorgar a la misma la Frase “CUNA DEL MESTIZAJE” agregando que todo Roquealonseño debe estar orgulloso de que el mestizaje paraguayo se haya iniciado en esta localidad, pues a pesar de ser una ciudad joven, su territorio fue escenario de las profundas raíces de la Nación Paraguaya.
Que, en efecto el Puerto Guaraní, playas Tapuá, nombre antiguo de Mariano Roque Alonso dominio del entonces Cacique Mokirasé antes ya de la Fundación de Asunción, fue el teatro de las primeras relaciones de los conquistadores y los autóctonos, iniciados por los compañeros de Ayolas quienes desembarcaron en el mencionado puerto dando inicio al encuentro de dos culturas.
Que, el puerto de Tapuá proporciono a los conquistadores no solo eficaz auxilio en sus exploraciones, sino fue también frecuentemente, residencia de Irala y sus compañeros, transformándose así en un primitivo centro del activo Mestizaje Hispano - Guaraní, origen del robusto tronco étnico que cimentando sus raíces en la fecunda tierra, extendió como herencia a nuestra nacionalidad. Que, habiéndose situado en Tapuá el Capitán Domingo Martínez de Irala, fue recibido con amistad por el Cacique Mokirasé, fue entonces, en los albores del año 1.537, que las uniones entre los hombres Españoles y las mujeres Guaraníes se dieron en forma continua, siendo Ursula, la primera mestiza nacida en el Paraguay, fruto de la unión del Capitán Martínez de Irala con Yvoty Sayjú, hija del Cacique Mokirasé. Ursula a su vez, unida en matrimonio con el Capitán Alonso Riquelme de Guzmán, fue madre de nuestro primer historiador nacional Ruy Díaz de Guzmán.
Que, el historiador de referencia, y nieto de Capitán Martínez de Irala, dice en su crónicas que el mayor logro de su abuelo fue descubrir que el secreto de la conquista pacífica estaba en las uniones entre Españoles y Mujeres Aborígenes, de las cuales nacieron numerosos descendientes que emparentaron, en el mestizaje, a ambas culturas, convirtiendo a cada conquistador en el centro de una gran familia. Esto aseguró la estabilidad política y generó una verdadera Raza Paraguaya que hoy honra a la Ciudad de Mariano Roque Alonso, por haber sido cuna de la misma.
Que, este sano orgullo debe quedar patentizado para que las generaciones futuras conozcan las virtudes de su lejana estirpe a través de una Ordenanza alusiva, la cual al mismo tiempo debe establecer otras medidas referentes a la importancia de aquel soberbio escenario, que contribuyo para nuestra existencia como Nación.
POR TANTO: LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE MARIANO ROQUE ALONSO, REUNIDA EN CONSEJO Y EN USO DE SUS ATRIBUCIONES: ORDENA
Art. 1°) IDENTIFICAR a la Ciudad de Mariano Roque Alonso como “CUNA DEL MESTIZAJE” Paraguayo.
Art. 2°) INCLUIR dicha frase en el logotipo municipal y en las chapas de los autovehículos.
Art. 3°) SOLICITAR al Congreso Nacional, la correspondiente autorización, para la construcción de un monumento al Mestizaje, que será ubicado en un lugar de jerarquía de la Ciudad , el cual estará compuesto de una pareja con una niña, que representen a la Aborigen Yvoty Sayjú, a Domingo Martínez de Irala y a la primera hija que tuvieron, Ursula.
Art. 4°) INICIAR el proyecto de construcción de un parque en Remanso, con un cartel que contenga el relato del mestizaje paraguayo.
Art. 5°) ENCARGAR a la Intendencia Municipal la elaboración de un texto sobre el Mestizaje, a fin de distribuir copias del mismo a las Instituciones Educativas, a fin de difundir sus origenes.
Art. 6°) NOTIFÍQUESE, comuníquese a quienes corresponda, tome nota la Intendencia Municipal , publíquese y cumplido archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA JUNTA MUNICIPAL A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO MIL NOVECIENTYOS NOVENTA Y NUEVE.
Lic. Adriana León Ríos Emilio Romero García
Secretaria General Presidente
Junta Municipal Junta Municipal
Secretaria General Presidente
Junta Municipal Junta Municipal
TÉNGASE POR ORDENANZA, envíese un ejemplar al Ministerio del Interior de conformidad al art. 53 de la Ley 1.294/87 “Orgánica Municipal”, comuníquese, publíquese y cumplido archívese.
Cesar Garay Bogado Arq. Francisco Rodriguez Primerano
Secretario General Intendente Municipal
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